5 may 2011

UCV FC vs SD Centro Italo



UCV FC será sancionado por incomparecencia
El pasado Sábado, el juego entre el UCV FC y el SD Centro Italo no se pudo realizar porque el conjunto tricolor no presentó la cantidad mínima de efectivos policiales. En tal sentido, la FVF se pronunció:

Segunda división, jornada 18:

UCV FC vs SD Centro Ítalo:
“En cuanto a los hechos que impidieron la realización del encuentro entre los equipos UCV FC vs Centro Ítalo, establecido en el calendario oficial a celebrarse el día 30 de abril de 2011 a las 3:30 pm, en el Campo de Fútbol “Olímpico UCV” de la ciudad de Caracas, Distrito Capital, de acuerdo con el informe arbitral, del Delegado de Campo y el Calendario Oficial del Torneo Clausura de la Segunda División de la Temporada 2010-2011, en virtud de la no presentación del equipo UCV FC, en las condiciones competitivas exigidas en las Normas Reguladoras de la Temporada 2010-2011, específicamente la presentación de Diez (10) agentes de la fuerza pública, obligación establecida en los artículos 93.94, i96 de las prenombradas Normas, habida consideración que a la hora fijada para el inicio del encuentro la cuarteta arbitral determinó insuficiente las garantías de seguridad a tal efecto, fijándose el comienzo para una hora más tarde, conforme a lo dispuesto en el artículo 97 ejusdem.
Este incumplimiento nos permite calificarlo como incomparecencia del equipo UCV FC, dado que la presentación en el terreno de juego de un equipo debe hacerse con total acatamiento a cada una de las exigencias competitivas, vale decir, uniforme, licencia de juego, planilla de alineación y la cantidad exigidas de los agentes de las fuerza pública, etc.
En consecuencia este Consejo de Honor resuelve sancionar al equipo UCV FC con la `pérdida del encuentro con marcador 3X0, a favor del equipo SD Centro Ítalo y multa por la cantidad de Bs. 2.500,00, de conformidad con lo previsto en los artículos 98 numerales 1, 2 y 104 del Código de Ética de la Federación Venezolana de Fútbol, así se decide. Respecto a las demás sanciones individuales que puedan aplicarse este Consejo de Honor acuerda: abrir las averiguaciones pertinentes. Contra esta decisión podrá recurrir por vía de reconsideración, según lo previsto en los artículos 18 de los Estatutos y 145 del Código de Ética de la Federación Venezolana de Fútbol.”

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